REALIZAMOS EL PROCESO DE PARALIZACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA HIPOTECA

Te asesoramos individualmente y valoramos las posibles actuaciones

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¿Qué es el periodo de oposición?

Mediante el procedimiento de ejecución hipotecaria se podrá exigir el pago de deudas garantizadas por prenda o hipoteca. en general, bancos y entidades financiaras podrán ejercitar las acciones directamente contra los bienes hipotecados. este procedimiento tendrá las especialidades que se señalan en los arts. 681 y siguientes de la leciv. y que paso a exponer.

 

¿Qué puedes reclamar?

Pueden reclamar:

Y además pudieran tener:

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  • ¿Cómo trabajamos?

    Primero

    SIN ESPERAS

    Que no le engañen, somos los únicos que estudiamos y preparamos la demanda en el momento, con la mayor eficiencia.

    Segundo

    ESTUDIO GRATUITO

    Realizamos el estudio de su caso sin compromiso por un asesor especializado en reclamaciones. La revisión de la documentación siempre se realiza por abogados y economistas especialistas .

    Tercero

    Formulario

    Te enviamos un formulario para que cumplimentes de forma sencilla y rápida.

    Cuarto

    INFORME

    Recibes un informe con el cálculo de la reclamación que se podría exigir (con el dinero que podrías recuperar).

    Quinto

    DEMANDA JUDICIAL

    Si el informe y las condiciones te parecen adecuadas y aceptas, interponemos por ti la reclamación ante los juzgados.

    Sexto

    SENTENCIA

    • Si no hay acuerdo previo

    Se va a juicio (audiencia previa y vista en algunos casos)

    • Ganamos el juicio 
       Aproximadamente 2 meses desde la sentencia.

     

      Más de 50 años, con un método de trabajo que nos ha hecho acreedores de la confianza de todos nuestros clientes.

      Ofrecemos un asesoramiento personalizado basado en la confianza mutua, tanto en las tareas más sencillas de su empresa como en las operaciones más complejas de la gestión empresarial.

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