¿Qué es la Plusvalía Municipal?
El Impuesto sobre Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, más conocido como Impuesto de Plusvalía, se ha seguido cobrando por los Ayuntamientos incluso cuando se producían minusvalías en las trasmisiones de inmuebles, ya que toman como referencia el valor catastral del inmueble (que aumenta) y no el valor de la transmisión.
¿Quién puede reclamar?
Antes de nada es bueno recordar que puedes reclamar el 100% de lo abonado de manera indebida, si has vendido una propiedad perdiendo dinero.
Incluso obteniendo ganancias en la transacción puedes reclamar, ya que en muchos municipios te pueden haber cobrado hasta un 35% más por un error en la forma de calcular el impuesto.
¿Condiciones para poder reclamar?
- Minusvalía: Que se haya producido una minusvalía en nuestra transmisión de inmueble. Es decir que la transmisión se haya producido por un precio inferior al de adquisición
- Haber abonado el impuesto
- Ser titular del Inmueble Que se haya producido una minusvalía en nuestra transmisión de inmueble. Es decir que la transmisión se haya producido por un precio inferior al de adquisición
- Estar en Plazo con dos casos si hemos realizado autoliquidación o que el ayuntamiento dicte la liquidación.
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¿Cómo trabajamos?
SIN ESPERAS
Que no le engañen, somos los únicos que estudiamos y preparamos la demanda en el momento, con la mayor eficiencia.
ESTUDIO GRATUITO
Realizamos el estudio de su caso sin compromiso por un asesor especializado en reclamaciones. La revisión de la documentación siempre se realiza por abogados y economistas especialistas .
Formulario
Te enviamos un formulario para que cumplimentes de forma sencilla y rápida.
INFORME
Recibes un informe con el cálculo de la reclamación que se podría exigir (con el dinero que podrías recuperar).
DEMANDA JUDICIAL
Si el informe y las condiciones te parecen adecuadas y aceptas, interponemos por ti la reclamación ante los juzgados.
SENTENCIA
- Si no hay acuerdo previo
Se va a juicio (audiencia previa y vista en algunos casos)
- Ganamos el juicio
Aproximadamente 2 meses desde la sentencia.